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viernes, 20 de abril de 2012

El TSJA rebaja a 15 años la pena a una madre que mató a su bebé al nacer y lo ocultó en una bolsa

Viernes, 20 de Abril, 2012
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El juez Francisco Serrano (izquierda), a su llegada al juzgado en Granada
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado de 17 años y medio de prisión a 15 años la pena impuesta por la Audiencia Provincial de Málaga a una madre que mató a su bebé recién nacido y lo ocultó en una bolsa de basura
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado de 17 años y medio de prisión a 15 años la pena impuesta por la Audiencia Provincial de Málaga a una madre que mató a su bebé recién nacido y lo ocultó en una bolsa de basura.
En diciembre pasado la Audiencia malagueña condenó a la mujer, de origen paraguayo y acogida por una familia a la que ocultó el embarazo por "temor a su reacción", a 17 años y medio de prisión como autora de un delito de asesinato con alevosía.
Los hechos se produjeron en septiembre de 2010, cuando dio a luz en la cocina del domicilio a una niña, de 3,4 kilogramos y 52,5 centímetros que nació viva. En el veredicto del jurado se declaró probado que la mujer, con la intención de acabar con la vida del bebé, "golpeó a la recién nacida en el lado izquierdo de la cabeza, lo que le provocó la fractura de la bóveda y la base craneal, así como un shock hemorrágico y un traumatismo craneoencefálico". A continuación, "con la clara intención de deshacerse del bebé, lo introdujo, todavía con vida, en una bolsa de basura que dejó en el patio".
La representación legal de la acusada interpuso contra la sentencia un recurso de apelación que ahora ha estimado el alto Tribunal andaluz, rebajando la pena al estimar un error en la valoración de una prueba.
En el veredicto de la Audiencia malagueña, según la sentencia del TSJA, se omite la referencia a la prueba pericial practicada por el forense, que afirmó que la acusada respondía al perfil de delincuente por conflicto y que presentaba un estado mental de "borramiento psíquico de su conciencia de los hechos, que merma sus facultades sin eliminarlas".
El forense aprecia no obstante "una merma, que no total anulación, de sus facultades cognitivas y/o volitivas por el borramiento psíquico de su conciencia en la comisión de los hechos", lo que significa, precisa el alto Tribunal andaluz, que la acusada "tenía mermadas sus facultades mentales al menos parcialmente cuando ocurrieron los hechos", algo que "silencia" la sentencia apelada "en el intento de llenar el vacío en que incurre el jurado".
Por esta razón, se estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto y se reduce a 15 años de prisión la pena a la madre del bebé, como criminalmente responsable, en concepto de autora, de un delito de asesinato.
http://www.20minutos.es/noticia/1382299/0/

1 comentario:

Laura dijo...

Cuando entro a algún centro oficial y leo los postesr que hay sobre los derechos de los niños a veces me rio para dentro porque no me creo la mita de las cosas que ponen,segun esos panfletos,los niños tienen demasiados derechos cosa que no me creo segun visto casos como este ,esta madre a tenido derecho a su recurso,se lo han admitido y le han rebajado su condena.Pero que derecho tuvo esa criatura al recurso cuando no le dejaron ni de abrir sus ojitos para ver la luz de la vida,el único derecho que tuvo fue que la golpearan brutalmente,le destrozaran su cráneo pequeñito y no contenta con eso que la metieran en una bolsa de plástico para asegurarse de que no viviera.
¿Donde esta el derecho del niño?.
Porque esta criatura no pudo hacer uso de el,donde estas Justicia que te marchaste y no has vuelto,en este caso volviste solo para su madre,no para el niño,yo te pido que vuelvas para aquellas persona que como ellas no tuvo derecho a que le dejaran de abrir sus ojitos y ver la luz de la vida y algún día entonces creeré en los derechos del niño.Que dios te acoja en su seno María