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domingo, 8 de abril de 2012

Absuelto el acusado de violar a amiga para el que pidieron 12 años de cárcel

Domingo, 8 de Abril, 2012
La Audiencia Provincial de Murcia ha absuelto a un vecino de Molina de Segura que fue juzgado por un delito de violación y para el que la acusación particular, que defendía a la denunciante, llegó a pedir una pena 12 años de prisión.
La sentencia señala que no se ha probado que los hechos ocurrieran como aseguró en su denuncia la mujer, que aseguró que había sido violada por el acusado cuando se quedaron solos en la vivienda que este compartía con un familiar.
La denunciante aseguró también que la relación sexual fue mantenida sin su consentimiento, por lo que se consideró víctima del delito por el que se juzgó al acusado, y añadió que como consecuencia de ella quedó encinta, tras lo que se sometió a la interrupción voluntaria del embarazo.
En el relato de hechos probados, la Audiencia admite que se produjo una relación sexual "plena entre ambos en términos que no han sido aclarados, pero sin que se haya acreditado debidamente que se hubiera mantenido en la forma que ella expresó en su denuncia, presentada el 15 de julio de 2008", 40 días después de lo ocurrido.
La sala afirma que "ante unos hechos sucedidos el 5 de junio de 2008 y que, según la denunciante, habrían provocado vestigios físicos evidentes, no solo en su cuerpo -restos de semen, signos de sujeción en los brazos, chichón en la cabeza, hematomas en los muslos-, sino también en su propia ropa, nada de eso consta acreditado, documentado o apreciado, más allá de sus manifestaciones".
"Además, es evidente que esa no constancia no atendió a ignorancia o desconocimiento de la denunciante, que, por su profesión sanitaria de enfermera y su cualificación como profesora universitaria era perfectamente conocedora del protocolo de actuación en casos como el enjuiciado", añade la Audiencia.
La sentencia concluye que "aunque el testimonio de la denunciante resulta lógico en sí mismo, no encuentra apoyo suplementario en dato objetivo alguno, por lo que no concurre la mínima, pero necesaria y objetiva, corroboración periférica, por lo que debemos absolver al acusado", nacido en Senegal.
http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=1140896

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