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jueves, 22 de marzo de 2012

Denuncia maltrato psicológico y la condenan a pagar las costas del juicio

Jueves, 22 de Marzo, 2012

El juez de lo penal 5 cree que la acusación de esta mujer a su expareja fue "temeraria"

La denunciante alega que el juez desestimó el informe de la forense, que apreciaba el síndrome de la mujer maltratada

Imagen de una mujer maltratada llorando en el pasillo
El titular del Juzgado de lo Penal número 5 de Pamplona ha condenado a una vecina de Pamplona a pagar las costas del juicio en el que acusaba a su expareja de maltrato psicológico.
pamplona. Además de resultar absuelto el acusado, la presunta víctima deberá acarrear con las costas del proceso debido a que el juez ha considerado "temeraria" su denuncia, que venía avalada por un informe contundente de la psicóloga forense del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) en el que dicha especialista señalaba que la mujer reunía las características del "síndrome de la mujer maltratada". La pamplonesa que denunció el supuesto maltrato al que le sometió su excompañero sentimental ha recurrido la sentencia. El fiscal no formuló acusación.
El caso concernía a una pareja que mantuvo una relación de ocho años de duración. La acusación particular denunció que "durante toda la relación ella ha sido insultada, menospreciada, ninguneada y amenazada" y relataba expresiones despreciativas ("tonta", "no entiendes nada", "tienes pinta de macho", "e-res vieja", etc). "Él se ha comportado en su relación como si ella no tuviera nada que decir en las cuestiones de pareja" y destaca para fundamentar los hechos que, "pasado un tiempo, por decisión unilateral del varón, la pareja duerme en habitaciones separadas, y con ocasión de la llegada a la casa del padre del imputado, ella se encuentra al llegar a casa con el colchón de su dormitorio en el suelo, pues su pareja había decidido llevarse esa cama al cuarto donde dormía su padre, para uso de este. Siendo más acreditativo si cabe del maltrato psicológico, no ya la explicación dada por el hombre de que le haría una cama con unas tablas que tenía en el desván, sino el hecho de que la víctima diera por buena toda aquella nueva humillación".
La acusación denunciaba que todas estas conductas convirtieron la convivencia en un "espacio irrespirable, marcado por la violencia verbal, el miedo y la inseguridad" y que "han tenido su repercusión negativa en la integridad psíquica de la mujer, que se ha visto obligada a acudir al psicólogo para ser tratada". Ahí, la mujer es consciente de que está sufriendo malos tratos psicológicos y en el informe forense se reconoce que sufre un trastorno de estrés postraumático grave y crónico.
testimonio e informes Sin embargo, el juez considera que los hechos denunciados no pueden ser condenados. Así, dice en su sentencia que "el relato de las afrentas sufridas se contrae a unas frases, ciertamente ofensivas y humillantes, de las que solo ella puede dejar constancia". "No consta que cuando una pareja duerme en habitaciones separadas ello constituya ofensa alguna, sino que bien puede interpretarse como delicadeza en algunos supuestos".
El fallo narra que "el acusado admite haber efectuado un cambio en los muebles de la vivienda al llegar su padre, anciano y gravemente enfermo, utilizando la cama articulada (estropeada, según la denunciante) que hasta entonces usaba ella. No constituye tal hecho ofensa alguna y añade el acusado la inexistencia de intención ofensiva y refiere que, luego, rehizo el dormitorio a gusto de ella, explicación no imposible".
El informe forense y el de la psicóloga de la denunciada no son significativos para el juez: "Sus conclusiones -dice- como elemento corroborador del maltrato denunciado por cambiar una cama, o dormir separados", no descifran "nítidamente si es inequívocamente fundado en una situación de maltrato familiar y este es atribuible inequívocamente al acusado o pudiera referirse a una relación sentimental anterior".
De tal modo, el juez concluye que no puede establecer relación "entre unas agresiones verbales de más que dudosa existencia, o un cambio de muebles que produjera un malentendido en la pareja, o una inoportuna y probablemente no intencionada contestación en el medio laboral por parte del acusado, subordinado en tal ámbito con respecto a la denunciante, con las dolencias psicológicas que sufre esta". Así, el magistrado dice que la copiosa descripción de hechos de la acusación particular y su probanza "se contrae al testimonio de la querellante, reconocidamente deudora del acusado, con una relación conflictiva con su hija, también testigo, y unas dolencias de cuestionable origen... No es posible, con tal endeble prueba, acoger la pretensión punitiva".
http://www.noticiasdenavarra.com/2012/03/21/sociedad/navarra/denuncia-maltrato-psicologico-y-la-condenan-a-pagar-las-costas-del-juicio

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